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DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO. 
20 September, 2021
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El divorcio voluntario es denominado también de mutuo consentimiento porque para llevarse a cabo necesita la voluntad de ambos cónyuges, de lo contrario sería un divorcio incausado o incluso contencioso, por ello es necesario que cuando se solicite el servicio, la solicitud se firme por ambos consortes acompañando los requisitos señalados para tal efecto.

En ese sentido, se transcribe de manera íntegra el artículo del Código Civil del Estado de Jalisco que guarda relación al divorcio por mutuo consentimiento, mismo que a la letra dice:

Artículo 404. Procede el divorcio por:

  1. El mutuo consentimiento, o
  2. La solicitud por cualquiera de los cónyuges sin necesidad    de atender a un motivo.

Por lo que esclarecemos que este tipo de divorcio sólo requiere de la manifestación de los cónyuges para disolver el vínculo matrimonial, sin necesidad de exponer la causa o razón que los mueve a hacerlo.

PROCEDIMIENTO POR LA VÍA JUDICIAL. 

1.- El divorcio voluntario por la vía judicial se tramita ante el juez de lo Familiar donde se establezca el domicilio conyugal.

2.- Deberá presentarse la demanda respectiva, la cual sólo podrá ser presentada por los interesados y acompañada del convenio correspondiente, en el que se fijará la situación de los cónyuges, hijos y bienes, durante el procedimiento y después de decretado el divorcio. 

3.- El Juez citará a los solicitantes para la celebración de una audiencia de avenencia, a la cual deberán concurrir los esposos, sin asesores; donde el juez los exhortará a meditar acerca del paso que pretenden dar, y procurará avenirlos para que desistan del divorcio.

4.- El juez dictará sentencia en el caso de que los solicitantes insistan en divorciarse, y si el convenio llena los requisitos legales.

5.- Si a consecuencia de la exhortación del juez, o antes o después -en cualquier estado del juicio, pero antes de la sentencia-, los cónyuges deciden reconciliarse, el procedimiento queda sin efecto por desistimiento de las partes, y como efecto de ello no podrán intentar un nuevo juicio de divorcio voluntario sino pasados tres meses a partir del último ocurso presentado al juzgado que conoció de la solicitud del divorcio.

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