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La congruencia de los votos de los Ministros de la Suprema Corte
14 mars, 2022
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La congruencia de los votos de los Ministros de la Suprema Corte

Por Tomás Alfonso Regalado Núñez

 

Advertencia:

Para mejor comprensión del presente artículo se sugiere la lectura del artículo ¿Cómo votan los ministros de la Suprema Corte? De Andrea Castagnola y Saúl Noriega. Pues deriva de dicho análisis las reflexiones aquí expuestas. 

 

En recientes ocasiones he escuchado análisis científicos sobre temáticas que pueden influir en los posicionamientos jurisdiccionales de los jueces; desde si dictan sentencias antes o después de comer, hasta el clima bajo el cual se somete su fisiología en el ejercicio jurisdiccional; sin embargo, el análisis planteado en el artículo en lectura, advierte una trascendencia al analizar de manera transversal desde diversos focos. 

 

La opinión comúnmente adherida en el ciudadano de a pie, responde a inclinaciones políticas (debo de reconocer que hasta antes de lectura del presente artículo yo era uno de esos) para analizar las resoluciones de nuestra Suprema Corte. Solo aquellos que se jactan de constitucionalistas provisionan herramientas de análisis más robustas sobre el actuar de nuestros ministros. En alguna clase en la Universidad Panamericana, campus Guadalajara durante el posgrado de derecho Constitucional y Amparo, escuchaba compañeros que podían adjudicar una sentencia de amparo a alguna ponencia sin siquiera haber leído antes qué ministro era el ponente de dicha resolución. Esto me parecía fantástico y a su vez riesgoso.

Dotando no solo al nivel de políticas públicas la influencia de sus resoluciones, sino un entramado holograma de situaciones que pudieren influir en su postura. 

 

En esta lectura, el aspecto de análisis que no me sorprende es el del voto de mayorías- minorías , dado que como seres humanos sociales, tendemos a hacer grupos, con quienes nos identificamos: social, género, racial, religioso, político, (y cada día se abren nuevas categorías de nuevas identidades); por lo tanto, el haber identificado, adicional al aspecto mayoría- minoría, más elementos que influyen en la ratio decidendi de las sentencias me parece cautivador. Cuando volvamos a hacer un análisis de distinción entre ratio decidendi y el obiter dicta , tendríamos tal vez que aderezar nuestro análisis distintivo, con la información que arroja la investigación. Imaginemos, que la resolución en materia de derechos de maternidad subrogada o de aborto, pudiéramos aderezarlo con posicionamientos de cómo votaron los ministros, y a qué ideologías pertenecían, cómo fue su comportamiento previo en temas de símil temática, y en consecuencia distinguir entre una resolución legal-política, legal-religiosa, legal-purista, legal-conservadora, o cualquiera de sus diversas combinaciones transversales que pudiere admitir dichos binomios. 

 

Viene entonces a mi mente, cómo la argumentación creativa constitucional, no es de independencia de factores externos a las decisiones del máximo tribunal. Y por el contrario sucede que la independencia de los poderes, tal como señala el estudio, influye el favoritismo de los ministros en el sistema presidencial que hubiere apoyado su designación. La íntima relación a los factores establecidos en el estudio de los operadores jurídicos, nos pondría en el supuesto de poner en riesgo resoluciones que legalmente pudieren ser favorables, pero al desconocer factores de integración de los ministros de la suprema corte, pudiera encontrarse fuera de época nuestra petición. 

 

Si estos factores fueran públicos en cada período, esto es, porcentajes de sus resoluciones según estas métricas planteadas, pudiera permitirnos construirnos una clara visión sobre la independencia o autenticidad de los votos de los ministros. Y pudieren dichas métricas hacer que su variabilidad sea más constante, y que las resoluciones de los ministros se desapeguen de factores no jurídicos. Y tal como cierra la nota originaria en análisis, con referencias a George Orwell , hago mía otra cita de su obra

La Granja Feliz: Todos somos iguales, solo unos más iguales que otros.

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